

- ¿A QUIÉN VA DIRIGIDA?
- ¿CÓMO REALIZO LOS TRÁMITES?
- ¿CÓMO SE CALCULA EL CRÉDITO DE FORMACIÓN?
- ¿QUIÉN SE OCUPA DE LA FORMACIÓN?
- ¿REQUISITOS BÁSICOS DE FUNDAE PARA CONSEGUIR LA BONIFICACIÓN?
Los créditos caducan anualmente. Desde IMBS te animamos a aprovechar todas las ventajas de la formación bonificada, utilizando para la formación de tus empleados el crédito del que dispones en base a las cotizaciones a la Seguridad Social y que te puedes deducir de sus cuotas.
La formación bonificada está dirigida a trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas, independientemente del tamaño o sector de éstas, y a los trabajadores contratados por autónomos.
No pueden formar parte del programa de formación bonificada:
- Funcionarios y trabajadores en empresas o entidades públicas incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las Administraciones Públicas.
- Autónomos.
Aviso: Para Beneficiarse de la formación bonificada la empresa tiene que estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Toda la gestión de las bonificaciones se realiza a través de la aplicación de Formación Programada por las empresas. Dicha gestión puede realizarla la propia empresa (bonificada), o una entidad organizadora. En el caso de grupos de empresas, la gestión puede realizarla una de las empresas del grupo designada para tal fin.
Si vas a actuar como entidad organizadora, o bien, vas a contratar sus servicios, te interesa conocer más al respecto (+información).
Si vas a actuar como gestor administrativo (realizas únicamente las comunicaciones en la aplicación), la empresa deberá darse de alta con el perfil bonificada (o grupo de empresas), y autorizarte como usuario con el perfil “gestor”.
La normativa que regula la formación bonificada es la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, artículos 9.3 y 12.1, y el artículo 14.3 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la citada Ley.
El crédito de formación es la cuantía de la cual dispone tu empresa durante el año como ayuda para la formación que impartes a tus trabajadores.
Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media (datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior).
La aplicación lo calculará automáticamente a partir de los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
No obstante, si deseas calcular el crédito disponible para tu empresa, lo más sencillo es que introduzcas tus datos en el simulador oficial FUNDAE.
Si eres una empresa con menos de 50 trabajadores puedes acumular el crédito que no consumas en el presente ejercicio para los dos siguientes. Para ello, deberás marcar la casilla correspondiente en la aplicación antes del 30 de junio.
Además, dispones de un crédito adicional para bonificar el tiempo otorgado a tus trabajadores para realizar un PIF (Permisos Individuales de Formación).
IMBS, especialista en la formación online, desarrollamos las funciones de coordinación, gestión y ejecución de la formación de las empresas.
Los pasos a seguir para llevar a cabo la acción formativa y su bonificación son los siguientes:
- Comunicación del inicio de la formación.
- Realización de la formación.
- Seguimiento de la formación para asegurar el cumplimiento de los requisitos que exige FUNDAE para obtener la bonificación.
- Comunicación de la finalización de la formación.
- Aplicación de la bonificación. La empresa podrá practicar la bonificación a partir del mes en que finalice el curso.
Aviso: Una vez finalizado el ejercicio, la Fundación Estatal para la Formación en el empleo comprobará las bonificaciones practicadas, así como el cumplimiento de los requisitos y obligaciones, incluyendo el resultado de las actuaciones de seguimiento y control, si las hubiere.
El trabajador que ha solicitado a la empresa la formación bonificada debe de superar y conseguir los siguientes requisitos básicos para poder bonificar la formación.
- Realizar al menos el 75% de las actividades de evaluación.
- Visualizar al menos el 75% de los contenidos del curso.
- Los tiempos de conexión deben ser cómo mínimo el 75% de las horas de acción formativa.